El Consejo de Ministros aprobó, por Real Decreto-Ley, la mayor movilización de recursos económicos de la historia democrática de España para hacer frente al impacto económico del coronavirus. Se ha decidido movilizar cerca del 20% del PIB, 200.000 millones de euros con medidas para proteger y apoyar a familias, trabajadores, autónomos y empresas.

El objetivo es iniciar la recuperación en cuanto la emergencia sanitaria quede atrás, relanzando nuestra economía, nuestra producción y nuestro empleo y que la caída venga seguida de una recuperación económica y no de un estancamiento, a través de una serie de medidas diferenciadas en diversos bloques.

Particulares

Medidas destinadas a colectivos vulnerables:  

  • En este apartado se destinan 600 millones de euros a la financiación de prestaciones básicas de los correspondientes servicios sociales de las comunidades autónomas y entes locales, con especial atención a la asistencia domiciliaria a personas mayores y dependientes.
  • Se amplía la protección a los suministros de energía y de agua, garantizando los servicios públicos esenciales y los servicios de telecomunicaciones.
  • Se garantiza el derecho a la vivienda de las personas con más dificultades. Por ello, se amplía a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos frente al mes que contemplaba hasta ahora. Para compatibilizar esta nueva moratoria con la hipotecaria, se ha procedido a ajustar el régimen de acreditación. Así, las entidades no deben tener en cuenta la aplicación de una posible moratoria hipotecaria a efectos de calcular si se ha alcanzado o no el límite de la carga del 35% de los ingresos.
  • Empleadas del hogar y trabajadores temporales: se crea una prestación por desempleo extraordinaria para las trabajadoras del hogar equivalente al 70% de su base de cotización. Para los trabajadores temporales, aunque no tengan la cotización necesaria, se aprueba una ayuda de unos 440 euros, el 80% del Iprem.
  • Alquileres: se suspenden los desahucios por alquiler para las personas vulnerables durante seis meses y se aprueba una prórroga de la misma duración para los contratos que estén a punto de vencer; para el mismo colectivo se concederán microcréditos estatales al 0% y sin comisión, a devolver en un plazo de seis años ampliable a diez.
  • Los partícipes de un plan de pensiones que estén en situación de desempleo por un ERTE o de cese de negocio, podrán rescatar sus ahorros, bajo una serie de condiciones, con un importe máximo a disponer no superior a los salarios dejados de percibir.

Protección del empleo:

 Se pretende evitar que esta crisis tenga un impacto negativo permanente sobre el mercado de trabajo. Por ello se establece que:

  • Los trabajadores asalariados puedan adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación y cuidado derivadas de esta crisis.
  • El teletrabajo se establece como medida de flexibilidad principal.

Empresas

Medidas Laborales:

En este caso, se exonerará al empresario de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social.

  • La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, por las causas previstas en los arts. 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020 (ERTEs ETOP o fuerza mayor) supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido.
  • La duración de los expedientes de regulación de empleo autorizados al amparo de las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 (fuerza mayor) no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19. Por tanto, su duración máxima será la del estado de alarma y sus posibles prórrogas

Medidas de gestión empresarial y Administración Pública:

Por otro lado, las Administraciones Públicas ayudan a sus empresas contratistas a mitigar las consecuencias del COVID-19 en los contratos del sector público:

  • Creando un régimen específico de suspensión de contratos públicos, con ampliación de plazos y compensación de salarios, con el fin de evitar la resolución de los contratos y la consecuente pérdida de empleo.

Para apoyar el sistema productivo y empresarial, el Gobierno también reforma la normativa sobre inversiones exteriores, para impedir que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de entidades españolas en sectores estratégicos, aprovechando la caída coyuntural del valor de sus acciones en esta situación de crisis económica.

Medidas financieras:

El Ejecutivo también ha puesto en marcha una línea de avales para garantizar la liquidez de autónomos y empresas con el objetivo de apoyar al tejido empresarial garantizando el acceso a la financiación necesaria para mantener la actividad y el empleo.

Esta línea de avales será de 100.000 millones de euros y estará destinadas a empresas con problemas provocados por esta emergencia sanitaria. De esta forma, el Gobierno garantizará hasta el 80% de los préstamos que soliciten las empresas y los autónomos a los bancos para poder afrontar el pago de salarios, circulantes, facturas o ,simplemente, que tengan necesidades de liquidez.

El primer tramo avalará operaciones por un importe de hasta 20.000 millones y, al menos, la mitad tiene que destinarse a pymes (con menos de 250 trabajadores) y autónomos.

La segunda parte de esta línea de avales se destina a empresas medianas y grandes y se subdivide en dos partes. Cuando se trate de nuevos créditos, la garantía será de hasta el 70% y cuando se renueven préstamos que vayan a vencer en los próximos meses, la cobertura del Gobierno alcanzará el 60% del importe.

El Ejecutivo también ha dejado claro que no cancelará los créditos anteriores al coronavirus, ya que la norma aclara que los solicitantes no pueden haber entrado en morosidad a 31 de diciembre de 2019 ni en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

Autónomos

  • Además, se ha confirmado una moratoria de seis meses sin intereses ni recargos para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a los meses de mayo, junio y julio. Con respecto al mes de abril, los autónomos y pymes podrán solicitar un aplazamiento de las cuotas a un interés reducido del 0,5%.
  • Por último, también se ha aprobado un paquete más amplio en ayuda de los autónomos que incluye otras como aplazamiento de hipotecas y de los alquileres, flexibilización en la presentación de los justificantes y forma de cálculo, y microcréditos para poder pagar los alquileres. Igualmente, se han aprobado moratorias en el pago de servicios básicos como la luz, el agua o derivados del petróleo. Igualmente, han aprobado el aplazamiento de las deudas de los autónomos hasta el 30 de junio y la moratoria de los días trabajados en marzo sin intereses.