El Ministerio de Inclusiones, Migraciones y Seguridad Social ha emitido unas Instrucciones Aclaratorias relativas al procedimiento de remisión de los partes médicos de los Servicios Públicos de Salud (SPS) por coronavirus, todo ello a fin de que el empleado pueda llamar a su centro de salud.

Quién expedirá los partes médicos

Serán los médicos de los SPS (Servicios Públicos de Salud) los que emitan los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus (conforme a los códigos de la CIE9MC y a la CIE10ES consensuados).

Duración estimada de la IT

La duración estimada para estos procesos de IT se fija entre 5 y 30 días naturales (procesos de corta duración conforme al RD 625/2014).

Tal como recoge el mencionado Real Decreto, la emisión del primer parte de confirmación no excederá en más de siete días naturales a la fecha de baja inicial. Los sucesivos partes, en caso de ser necesarios, no podrán emitirse con una diferencia de más de catorce días naturales entre sí.

Para el adecuado abono de la prestación económica en estos procesos de IT, en tanto no se emita el parte médico de baja, no se iniciarán las actuaciones tendentes a la suspensión de la relación laboral y al reconocimiento del derecho a la citada prestación económica por IT.

Procedimiento

El parte de baja médico por aislamiento requerirá previamente a su emisión, la confirmación de la procedencia de ese aislamiento por parte de la autoridad sanitaria competente de cada Comunidad Autónoma o a quien ésta autorice.

Por ello, es indispensable que esa información sobre el aislamiento llegue con la mayor prontitud posible a los facultativos competentes para la emisión del parte de baja.

El parte de baja y los de confirmación podrán ser emitidos sin la presencia física de la persona trabajadora, siempre que exista indicación de la autoridad en caso de aislamiento y constatación de la enfermedad por los medios disponibles en el Servicio de Salud (Historias clínicas).

Cuando se tenga conocimiento del período de aislamiento/contagio o de enfermedad con posterioridad al inicio del mismo, se emitirán los partes con carácter retroactivo.