Un juez de Barcelona ha cancelado una deuda de 116.000 euros. Era lo que una empresaria debía a siete acreedores por la quiebra de una empresa. El juez ha aplicado la Ley de Segunda Oportunidad, que permite condonar los créditos a particulares de buena fe que no pueden pagarlos.
El auto está firmado por el titular del juzgado de primera instancia número 50 de Barcelona. En el texto se acuerda exonerar de las deudas bancarias a la empresaria ya su hermano. La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigor en 2015 y plantea la posibilidad de llegar a un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda y establecer un calendario de pago inferior a diez años. También contempla la posibilidad de pagarla a través de la cesión de bienes. Si este acuerdo no se logra, se puede solicitar concurso de acreedores con la medicación de un juez y solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda parcial y total.
La experiencia de Martín Molina
Si se encuentra en un caso similar al de esta empresaria, nuestro despacho (Martín Molina abogados y economistas) tiene una experiencia de más de veinte años en resolver situación de estrés financiero, asesor a empresarios, liderar procesos de negociación y administración concursal. La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada, sobre todo, para ciudadanos particulares y para autónomos. Su entrada en vigor ha supuesto una clara novedad. Hasta ahora sólo las empresas contaban con un vehículo legal para la exoneración de sus deudas. Esta ley incluye a particulares y autónomos que hayan fracasado en su aventura empresarial, que hasta ahora debían afrontar sus deudas con su patrimonio presente y futuro.
La figura del mediador concursal
La ley prevé que el emprendedor debe intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Ese proceso debe ser tutelado por un juez. El deudor puede compensar a sus acreedores con la cesión de los bienes no necesarios para el ejercicio de su actividad profesional o con acciones de su propia compañía. Al ser un proceso tutelado por un juez, el emprendedor podrá solicitar la ayuda de un mediador concursal que será el interlocutor entre el emprendedor y sus acreedores. Si termina la negociación, para la que suele haber un plazo de dos meses y no se ha llegado a un acuerdo, el deudor y el mediador concursal pueden pedir al juez el concurso de acreedores voluntario.
Exonerar las deudas
Una vez que el emprendedor ha solicitado el concurso de acreedores voluntario, el juez puede exonerarle de gran parte de sus deudas, como ha ocurrido en el caso que ha dado pie a este artículo. Hay dos condiciones para esa exoneración: que el propio juez considere que el deudor ya no tiene dinero ni activos para afrontar sus deudas, y que el deudor haya demostrado que obra de buena fe.
Comentarios(4)-
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pingback Mecanismos alternativos en procedimientos concursales - Martín Molina says
13 junio, 2018 at 9:35 am[…] Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad incluye dos realidades deseadas por los ciudadanos que dan un aliento de esperanza a los más […]
pingback La segunda oportunidad, clave para el éxito - Martín Molina says
15 junio, 2018 at 9:05 am[…] caso de una empresaria a la que un juez ha exonerado del pago de una deuda de 116.000 euros ha situado en la agenda informativa el debate sobre la “segunda oportunidad”. […]
comment Alberto Muñoz Cabanes says
15 junio, 2018 at 12:25 pmLa segunda oportunidad es uno de los mecanismos de recuperación de empresarios que más se deben desarrollar. https://www.flickr.com/people/albertomunozcabanes/
pingback Claves para acogerse a la Ley de segunda oportunidad - Martín Molina says
18 junio, 2018 at 1:37 pm[…] decisión de un juez de exonerar una deuda de 116.000 euros en virtud de la Ley de segunda oportunidad ha puesto de actualidad un mecanismo que en […]