5 junio, 2018

Las líneas estratégicas de actuación en el plan de apoyo al emprendedor por parte del Gobierno son:
1. Facilitar la cultura y la iniciativa emprendedora.
2. Los apoyos fiscales y de la Seguridad Social a los emprendedores.
3. El apoyo a la financiación de los emprendedores.
4. El fomento del crecimiento empresarial.
5. El apoyo a la contratación laboral.
6. El apoyo a la internacionalización de la empresa y la economía española.

1.- Facilitar la cultura y la iniciativa emprendedora

Se pretende fomentar el espíritu emprendedor en el ámbito educativo mediante la incorporación de objetivos específicos en todas las etapas educativas con la intención de estimular la iniciativa, las competencias y las habilidades emprendedoras.
En materia societaria, surge la figura jurídica del “emprendedor de responsabilidad limitada”, por medio de la cual la responsabilidad derivada de las deudas empresariales del emprendedor no va a afectar a su vivienda habitual, siempre y cuando el importe de esta deuda no supere la cantidad de 300.000 euros.

Además, se permite la creación de la “sociedad limitada de formación sucesiva” con un capital social inferior a 3.000 euros, bajo unas determinadas condiciones que aseguren la protección de terceros y obliguen a reforzar los fondos propios.

La introducción de estas nuevas formas mercantiles debe ir acompañadas de una agilización en los trámites de constitución de las empresas: (i) con la creación de una ventanilla única donde se podrán realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial y (ii) la utilización de modelos simplificados y procesos telemáticos (DUE o CIRCE) para que la constitución de sociedades de responsabilidad limitada sea más ágil, rápida y efectiva.

Destaca el procedimiento de la “segunda oportunidad” que se constituye, por un lado, como un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas dirigido a los emprendedores en una situación de desequilibrio entre su pasivo y su activo; y por otro, como unas medidas de mayor protección del autónomo o el empresario de responsabilidad limitada ante los procedimientos de embargo de deudas tributarias y con la Seguridad Social que afecten a su vivienda habitual.

2.- Los apoyos fiscales y de la Seguridad Social a los emprendedores

El hito más significativo en materia fiscal ha sido la aplicación del criterio de IVA de caja para los autónomos y las Pymes. Se crea este nuevo régimen especial, de carácter voluntario, que permite evitar el ingreso del IVA hasta que se cobre la factura emitida.
También se establecen una líneas incentivadoras a la inversión en el Impuesto sobre Sociedades como son (i) la reinversión de los beneficios en la actividad económica, (ii) los incentivos a la inversión en I+D+i mediante las deducciones, y (iii) la ampliación de ámbito objetivo de estimulación fiscal a determinados activos intangibles.
En el IRPF aparece el término anglosajón de “business angel”, es decir, el fomento del inversor de proximidad. Se le conceden incentivos fiscales al inversor particular que participe temporalmente en empresas nuevas y reciente creación con (i) una deducción en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad y (ii) una exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.
Para acabar este punto, señalar que existe un apoyo real a la pluriactividad a través de las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social.

3.- El apoyo a la financiación de los emprendedores.

El emprendedor va a obtener ayuda en este campo tanto en la internacionalización como en la refinanciación.En primer lugar, hemos de referirnos a las cédulas y bonos de internacionalización. Son un activo garantizado por préstamos destinados a la internacionalización de las empresas o a la exportación. En este sentido, se quiere racionalizar y flexibilizar la regulación de las cédulas de internacionalización, y además se crea un nuevo instrumento, más flexible, como son los bonos de internacionalización.

En segundo lugar, se dan un empujón a la mejora de los acuerdos de refinanciación de las empresas, dotándole de mayor agilidad y de una reducción de las mayorías exigidas para su homologación.

4.- El fomento del crecimiento empresarial

El crecimiento empresarial se ha orientado hacia la contratación pública, permitiendo el acceso a los emprendedores a través de las siguientes líneas de actuación:
– Se facilita el contacto entre pequeños emprendedores que quieran crear uniones de empresarios, dándose de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
– Se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y servicios.
– Se adecúa el régimen de garantías para la contratación pública a las posibilidades del emprendedor.
– Se simplifican los trámites administrativos, sustituyendo la aportación inicial de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para contratar por una declaración responsable.
– Se prohíbe de forma expresa la discriminación a favor de contratistas previos.
– Se lucha contra la morosidad reduciendo el plazo de demora para que el contratista pueda resolver su contrato.
De forma más general, el crecimiento empresarial debe ir acompañado de una agilidad administrativa reduciendo las cargas. Por ello se propone que unas medidas específicas:
– La reducción de las cargas de los servicios estatales de estadística y de la gestión para la prevención de riesgos laborales.
– La reducción de cargas contables, ampliando la posibilidad de formular balance abreviado.
– La legalización telemática de los libros obligatorios en el Registro Mercantil.
– El nuevo libro electrónico de visitas para las inspecciones de trabajo.

5.- El apoyo a la contratación laboral

Se fomenta el contrato de apoyo a los emprendedores, como un contrato indefinido que va a gozar de deducciones fiscales y bonificaciones a la contratación por parte de las Pymes. Incluso si la contratación se efectúa por el autónomo o la microempresa, se va a producir una reducción del 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social.

6.- El apoyo a la internacionalización de la empresa y la economía española

El plan estratégico de internacionalización de la economía española incluye un sistema de evaluación y de control de sus instrumentos.
Así, pues, se fortalecen:
– Los organismos de apoyo a la internacionalización por la actuación de una red exterior y territorial del Ministerio de Economía y Competitividad; y el papel del ICEX España Exportación e Inversiones.
– Los instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización como son: Fondos para Inversiones en el Exterior (FIEX), el Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) y el Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI).
Por último hemos de indicar que se fomenta la entrada de inversión y talento en España, facilitando y agilizando la concesión de permisos de residencia para:
– Inversores de cuantía económica significativa o de interés general.
– Emprendedores en una actividad de carácter innovador con especial interés económico, valorando prioritariamente la creación de empleo.
– Profesionales altamente cualificados.
– Extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, por una duración igual a la del traslado.

Pedro Martín Molina

Devolución al autónomo del exceso de cotización
Los grandes retos del sector Sanitario: Prevención, datos e innovación en los servicios

Comentarios(2)

  1. pingback Devolución al autónomo del exceso de cotización - Martín Molina says

    […] Los trabajadores autónomos que, en razón de sus trabajos por cuenta ajena desarrollados simultáneamente, hayan cotizado en un año, respecto de contingencias comunes, en régimen de pluriactividad (teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales, como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial) por una cuantía igual o superior a 12.739,08 € en 2017, tienen derecho a percibir una devolución del 50% del exceso de dicha cuantía con el tope de las cuotas ingresadas en RETA por contingencias comunes. […]