Según Tributos, la expresión reglamentaria “circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio” comporta una obligatoriedad en dicho cambio.

Doña Soledad Becerril, actuando como Defensora del Pueblo, remitió una recomendación a la Secretaría de Estado de Hacienda para que tuviera en cuenta los problemas a los que se enfrentan los contribuyentes divorciados o separados judicialmente cuando transmiten la vivienda habitual en la que convivían, y quieren aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual cuando adquieren su nueva residencia habitual.

En dicha recomendación, se expuso de forma razonada, la situación especial existente en los procesos de separación y divorcio, en los que los Tribunales de Justicia suelen atribuir el uso y disfrute de la vivienda habitual a uno de los cónyuges y a sus hijos, lo que impide o dificulta que se pueda proceder a la venta de la vivienda dentro del plazo de dos años que prevé la norma.