Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, y hasta el 31 de diciembre de 2021 -en principio-, cualquier deudor en situación de insolvencia está exonerado del deber de solicitar el concurso voluntario de acreedores.

Sobre la decisión que ha tomado el legislador el pasado 12 de marzo, con la aprobación, mediante Real Decreto-ley 5/2021, de unas medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia, se encuentra, entre otras muchas, la nueva prórroga de la denominada “moratoria concursal” hasta el 31 de diciembre.