La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2020 sobre el polémico índice hipotecario IRPH permite que los consumidores puedan reclamar frente a las entidades bancarias ante los tribunales españoles. Serán nuestros tribunales los que anulen la cláusula del préstamo hipotecario relativa al índice IRPH, lo sustituyan por otro índice legal, como pudiera ser el euríbor, y faciliten la devolución de las cantidades abonadas de más por la aplicación de aquel, en el caso de considerar que la comercialización del IRPH no hubiese sido lo suficientemente clara, comprensible y transparente para el consumidor.