• Ni el empresario ni los delegados de prevención ni los propios compañeros pueden obligar a su uso, que es recomendable

En Francia ya ha dejado de ser obligatoria la mascarilla en las empresas. En España, aunque no es de extrañar que el Gobierno dicte pronto el fin de la mascarilla, su uso en los centros de trabajo sigue siendo obligatorio, salvo que el empresario haya garantizado una distancia mínima de seguridad de 1,5 metros entre los puestos de trabajo, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención frente al COVID 19.

Ahora bien, la mascarilla ha demostrado durante todo este tiempo de pandemia su eficacia preventiva en la lucha contra la propagación de todo tipo de virus. En la exposición de motivos del Real Derecho 115/2022, el legislador reconoce que “entre las medidas de control no farmacológicas que han tenido un mayor impacto en la evolución de la epidemia, destacan las de protección personal y, en particular, el uso de mascarillas”.