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Medidas contables y de auditoría en un estado de alarma

Medidas contables y de auditorías

Una de las piedras angulares sobre la que se asienta la contabilidad, es que las empresas ofrezcan la imagen fiel de su patrimonio y de sus resultados, además de que se constituye como un apoyo prioritario en la gestión de las compañías al utilizarse en la adopción de las decisiones empresariales.

Ante este nuevo escenario de incertidumbre, derivada de las posibles consecuencias del COVID-19, la evolución de los resultados y del importe neto de la cifra de negocios de cada Pyme puede ver alterado de forma extraordinaria su evolución. En este sentido las empresas deben tener en cuenta esta circunstancia excepcional en la información reflejada en sus cuentas anuales, en particular en sus memorias, en sus informes de información no financiera, y en sus informes de gestión.

El reflejo de tal información financiera y no financiera, respecto al COVID-19, no puede entenderse como una nueva carga administrativa, sino todo lo contrario; debe ser considerada como una información que pondrá de manifiesto los posibles efectos negativos y pasajeros que pueda tener el coronavirus sobre la actividad mercantil habitual de las empresas, lo que redundará en la percepción de temporalidad de este adverso escenario. Con una información adecuada, tanto los inversores como las instituciones financieras, las administraciones públicas, los proveedores y los propios clientes, así como cualquier persona o institución interesada en la actividad de las empresas, tendrán una visión amplia y comparada que servirá para evitar que se produzca una situación de pánico económico reduciendo sus propios efectos.

La tradicional actividad de la auditoría de cuentas se verá alterada por esta circunstancia extraordinaria en los siguientes aspectos:

El auditor tiene que obtener información sobre el procedimiento de la convocatoria del Consejo de Administración u órgano que formule las cuentas anuales; de la aprobación del acta, y de la preparación de las cuentas anuales formuladas por la totalidad de los integrantes de dicho órgano. En este sentido, se propone que los consejos se celebren por videoconferencia y se organice un sistema de firma electrónica de las cuentas anuales.

La situación generada por el coronavirus se ha de evaluar como hecho posterior, en la información en las cuentas anuales auditadas y si puede afectar a la gestión continuada de la entidad auditada.