INTRODUCCIÓN

La reclamación de la fijeza de los interinos y el personal temporal de las Administraciones Públicas es un tema candente en España desde hace varios años.

Afecta directamente a los trabajadores de todos los servicios (educación, sanidad, justicia, etc) y de todas las Administraciones Públicas (estatal, autonómica, local…) que no tiene un contrato fijo, sino que encadenan contratos temporales desde hace años.

La cuestión es que los funcionarios interinos y el personal eventual de las Administraciones terminan encadenando contratos temporales durante años, sin la posibilidad de obtener una plaza fija ni recibir una indemnización en caso de cese porque su plaza sea ocupada. Este hecho se considera abusivo y supone una vulneración de sus derechos laborales, y genera una inestabilidad que va en contra de la legislación europea y de la jurisprudencia del TJUE.

¿QUÉ HA OCURRIDO?

El TJUE se viene pronunciando desde hace unos años sobre el incumplimiento por parte de nuestra legislación nacional con lo ordenado por la legislación europea, en materia de contratos temporales.

Pero es con la Sentencia de 22 de febrero de 2024,  con la que el TJUE, a la vista del desmedido abuso de la temporalidad por parte de nuestras Administraciones Públicas, marca un hito muy importante en la defensa de los derechos del personal eventual del sector público español.

El TJUE declara que los procesos de estabilización no son la solución al problema de la temporalidad, y conmina a los Tribunales a establecer una sanción que compense a las víctimas de estos abusos. Esto abre la puerta a que este tipo de trabajadores puedan reclamar, exigiendo una estabilidad laboral, que los equipare al resto de compañeros.

La última sentencia del TJUE también indica que las administraciones públicas tienen que indemnizar a los interinos que ocupen plazas de manera temporal y que cumplan una serie de requisitos.

El TJUE culpa a España de que su legislación no cumpla con el Acuerdo Marco de la Unión Europea sobre el trabajo de duración determinada. Y por ello considera que una opción adecuada para sancionar el abuso de la temporalidad por parte de las Administraciones Públicas es convertir esos contratos en fraude de ley en contratos fijos. 

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    A QUIÉN VA DIRIGIDO

    Pueden reclamar los funcionarios públicos interinos y personal temporal de larga duración que hayan sido contratados temporalmente para atender necesidades ordinarias de personal de la Administración.

    Los empleados públicos afectados pueden y deben reclamar lo antes posible la fijeza de sus empleos, apoyándose en la seguridad jurídica que aporta una sentencia previa donde se les reconoce la condición de Fijo o Indefinido No fijo.

    Puede reclamar cualquier empleado público de cualquier sector (sanidad, educación, justicia, defensa…) que hayan prestado esos servicios un mínimo de 24 meses dentro de los últimos 30, o tres años de interinidad de forma continuada en una plaza vacante.

    QUÉ VAMOS A HACER

    Ante la inestabilidad política y económica, pues recordemos que los concursos oposición o de méritos dependen su ejecución de criterios económicos fijados en los presupuestos. Entendemos que la vía estable, segura y con mayor desarrollo favorable a tus intereses es la vía judicial.

    Por eso vamos a reclamar la fijeza en plantilla con los mismos derechos de un funcionario con plazo o la condición de Indefinido no fijo, para así diferenciarlo del trabajador interino irregular. La intención es que se equipare a los funcionarios de carrera, atendiendo a la estabilidad y fijeza del empleo.

    CÓMO LO VAMOS A HACER

    • El procedimiento se inicia con una primera fase en vía administrativa, en la que, mediante una reclamación administrativa previa solicitamos el reconocimiento del reclamante como personal de plantilla fijo o en todo caso indefinido no fijo.
    • Si su Administración no se aviene a esta solicitud, y tras agotar los correspondientes recursos administrativos (de ser necesario y/o conveniente), se inicia la fase judicial, mediante la presentación de la correspondiente demanda o escrito iniciador el proceso judicial.

    QUÉ RECLAMAMOS

    La reclamación principal es la fijeza en plantilla con los mismos derechos que estos y, en todo caso, la condición de Indefinido No Fijo, que supone un paso muy importante para regularizar la situación del personal temporal irregular y conlleva el derecho a ser indemnizados al finalizar su periodo de empleo.