Hace unas semanas el Tribunal Supremo (TS) dio a conocer la sentencia sobre las tarjetas ‘revolving’, asegurando que sus intereses desproporcionados son “usura”. De esta manera, el organismo rechazaba el recurso de Wizink y daba la razón a la demandante que pedía la nulidad del contrato por una tarjeta con un interés del 26, 82%, que llegó a superar incluso el 27% al presentar la demanda.

Según la misma institución, el tipo de interés de las tarjetas ‘revolving’ siempre debe ser medio y nunca superar el 20% de la Tasa Anual Equivalente (TAE), ya que la normativa establece que cualquier contrato de préstamo que tenga un interés notablemente superior al normal del dinero debe ser considerado nulo.

Se calcula que más de un millón y medio de personas se han visto afectadas por este tipo de tarjetas que, según el Banco de España, mueven hasta 14.000 millones de euros al año. Si tú eres uno de los damnificados, te resumimos los puntos clave de la sentencia y los pasos que debes seguir para poder reclamar tu dinero.

¿Qué son las tarjetas ‘revolving’ y cómo saber si tienes una?

Similares a las tradicionales, las tarjetas ‘revolving’ son un tipo de producto financiero en el que el cliente dispone de un crédito determinado, que se puede devolver a plazos, a través de cuotas generalmente mensuales. Es decir, te permiten comprar un artículo o pagar un servicio y poder abonarlo a final de mes, ofreciéndote la posibilidad de costearlo en diferentes plazos si así lo deseas.

Sin embargo, según explica el Banco de España, su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente: disminuye con los abonos que haces a través del pago de las cuotas, pero aumenta mediante el uso de la tarjeta. Además, a eso habría que sumarle los intereses y las comisiones, que se financian conjuntamente.

Asimismo, hay que tener en cuenta que este tipo de tarjetas no son siempre emitidas por entidades bancarias, sino que las pueden proporcionar cualquier tipo de empresa: supermercados, tiendas, aerolíneas…

¿A partir de qué tipo de interés se considera usura?

El Tribunal Supremo estima que la referencia que se debe utilizar para determinar si el interés de las tarjetas de crédito es abusivo es la establecida por el Banco de España, que sitúa en 19, 67% el tipo de interés máximo y que incluso el fallo del tribunal ya considera “muy elevado”. 

Por tanto, si eres propietario de una tarjeta ‘revolving’ y ésta supera el 20% de interés ya se podría hablar de usura.

¿Cómo puedes reclamar?

Al igual que ocurre con las cláusulas hipotecarias del IRPH, cuya sentencia también se conoció la semana pasada, existen dos vías a la hora de reclamar el dinero por las tarjetas ‘revolving’.

La primera de ellas consiste en acudir a tu entidad bancaria y solicitar a través de un escrito la nulidad del contrato y la devolución de los intereses que correspondan. Para ello, es necesario aportar la siguiente información:

  • El contrato firmado con la entidad.
  • Un documento donde aparezcan reflejados todos los movimientos realizados con la tarjeta.

A partir de ahí el banco cuenta con un plazo de dos meses para contestar. Si su respuesta fuera negativa, se abre el segundo escenario, el de la reclamación por la vía judicial, donde un abogado especialista en reclamaciones bancarias estudiará el caso de forma concreta y desarrollará la estrategia procesal que crea más conveniente.

¿Cuánto dinero pueden devolverte?

Finalmente, si el contrato se declarara nulo, el Tribunal Supremo asegura que los afectados por las tarjetas ‘revolving’ pueden llegar a cobrar todo el dinero, desde el prestado por la entidad bancaria hasta los correspondientes intereses legales.

Algunas entidades financieras ya han confirmado que, a partir de ahora, comenzarán a limitar el uso de estas tarjetas y el Supremo avanza que se endurecerán las condiciones para acceder a las mismas, fomentando la transparencia a la hora de publicitarlas y comercializarlas.