Como socio, ¿cuándo puedo pedir información sobre la sociedad?
Existe una opinión muy extendida, y equivocada, entre los socios (ya sea de una sociedad anónima, pero, sobre todo, en sociedades cerradas o con pocos socios como suelen ser las sociedades limitadas) de que aquellos, por el solo hecho de serlo, pueden demandar y reclamar de los administradores, en cualquier momento, el suministro de información sobre la marcha del negocio o de los asuntos sociales, o sobre cualquier otra cuestión atinente a la compañía. Y tales socios se llevan una desagradable sorpresa cuando reciben una negativa por parte del órgano de administración. La pregunta entonces es: como socio, ¿cuándo puedo pedir información sobre la sociedad?
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