13 junio, 2018

Un juez  de  Barcelona ha cancelado una deuda de 116.000 euros. Era lo que una empresaria debía a siete acreedores por la quiebra de una empresa. El juez ha aplicado la Ley de Segunda Oportunidad, que permite condonar los créditos a particulares de buena fe que no pueden pagarlos.

El auto está firmado por el titular del juzgado de primera  instancia  número 50 de Barcelona. En el texto se acuerda exonerar de las deudas  bancarias a la empresaria ya su hermano. La Ley de Segunda Oportunidad  entró  en vigor  en  2015 y plantea la posibilidad de llegar a un acuerdo con los acreedores para aplazar  la deuda y establecer  un calendario de pago inferior a diez  años. También contempla la posibilidad de  pagarla a través de la cesión de bienes. Si este acuerdo no se logra, se puede solicitar concurso de acreedores  con la medicación de  un juez  y  solicitar  ante  el tribunal la  exoneración de  la deuda parcial y total.

La experiencia de Martín Molina

Si se encuentra  en un caso similar al de  esta  empresaria, nuestro despacho (Martín Molina abogados y economistas)  tiene una experiencia de más de veinte años en resolver situación de estrés financiero, asesor a empresarios,  liderar procesos de negociación y administración concursal.  La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada, sobre todo, para ciudadanos particulares y para autónomos. Su entrada en vigor ha supuesto una clara novedad. Hasta ahora sólo las empresas contaban con un vehículo legal  para la exoneración de sus deudas. Esta ley incluye a particulares y autónomos que hayan fracasado en su aventura empresarial, que hasta ahora debían afrontar sus deudas con su patrimonio presente y futuro.

La figura del mediador concursal

La ley prevé que el emprendedor  debe  intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Ese proceso debe ser  tutelado por un juez. El deudor puede compensar a sus acreedores con  la cesión de los bienes no necesarios para el ejercicio de su actividad profesional o con acciones de su propia compañía. Al ser un proceso tutelado por un juez, el emprendedor podrá solicitar la ayuda de un mediador concursal que será el  interlocutor entre el emprendedor y sus acreedores. Si termina la negociación, para la que suele haber un plazo de dos meses  y no se ha llegado a  un acuerdo, el deudor y el mediador concursal pueden pedir  al juez el concurso de acreedores voluntario.

Exonerar las deudas

Una vez que el emprendedor ha solicitado el concurso de acreedores voluntario, el juez puede exonerarle de gran parte de sus deudas, como ha ocurrido en el caso que ha dado pie a este artículo. Hay dos condiciones para  esa exoneración:  que el propio juez considere que el deudor ya no tiene dinero ni activos para afrontar sus deudas, y que el deudor  haya demostrado que obra de buena fe. 

Los grandes líderes se centran en un solo asunto
El sector legal se adapta a las necesidades del cliente

Comentarios(4)

  1. pingback Mecanismos alternativos en procedimientos concursales - Martín Molina says

    […] Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad incluye dos realidades deseadas por los ciudadanos que dan un aliento de esperanza a los más […]

  2. pingback La segunda oportunidad, clave para el éxito - Martín Molina says

    […] caso de una empresaria a la que un juez  ha exonerado del pago de una deuda de 116.000 euros ha situado en la agenda informativa el debate sobre la “segunda oportunidad”. […]

  3. comment Alberto Muñoz Cabanes says

    La segunda oportunidad es uno de los mecanismos de recuperación de empresarios que más se deben desarrollar. https://www.flickr.com/people/albertomunozcabanes/

  4. pingback Claves para acogerse a la Ley de segunda oportunidad - Martín Molina says

    […] decisión de  un juez  de  exonerar una deuda de 116.000 euros  en virtud de la Ley de segunda oportunidad ha puesto de actualidad  un mecanismo que en […]