- Revista de Buen Gobierno, Iuris & Lex y RSC
Desde hace años, la doctrina ha tratado de aportar definiciones amplias de fracaso; pero en ningún caso se ha llegado a definir el fracaso con rigurosidad. Esta laguna permite que los estudiosos hagan apreciaciones subjetivas.
Como la definición de fracaso legal está regulada legalmente a partir del concepto de quiebra, suspensión de pagos o concurso de acreedores, es la que habitualmente se ha utilizado porque se considera que aporta objetividad al análisis que se realice.
En mi opinión el fracaso empresarial se entiende como el incumplimiento de los objetivos que se ha propuesto la empresa. En este sentido, se ha de plantear cuáles son esos objetivos cuyo incumplimiento puede motivar situaciones de fracaso. Esos objetivos generales de la empresa dependen del momento y de sus circunstancias particulares.
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