“El legislador español usa tiritas para una hemorragia”
Los procesos extraordinarios de estabilización son la respuesta precipitada del legislador español a varias resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que han venido a poner en evidencia el uso absolutamente abusivo de la “temporalidad” en el empleo público.
El TJUE ya se había pronunciado sobre los procesos de estabilización en su Sentencia de 19 de marzo de 2020, a cuenta de los dos primeros procesos aprobados por las leyes de presupuestos generales de 2017 y 2018, y, en esta resolución ya manifestaba que esta medida no es adecuada, ni para evitar el abuso de la temporalidad, ni tampoco para sancionar estos abusos, por lo que con ellos no se cumplía con lo dispuesto en el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999). Después, en la sentencia de 3 de junio 2021 se da respuesta a diversas cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJ de Madrid, concluyendo el TJUE que nuestra legislación nacional no cumple con lo ordenado por la legislación europea, concretamente con la cláusula 5 del Acuerdo Marco ya citado.
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